ZONAS CON CARACTERÍSTICAS HÍDRICAS ESPECIALES
Se consideran como Zonas con Características Hídricas Especiales aquellas para las
cuales el SENARA ya cuenta con estudios técnicos que acrediten evidencias de
sobreexplotación, intrusión salina o alta vulnerabilidad intrínseca a la
contaminación de los acuíferos.
Cuando se solicite el criterio del SENARA
referente a la explotación de recursos hídricos subterráneos, o permisos de
perforación de pozos ubicados en zonas con características hídricas especiales,
la Dirección de Investigación y Gestión Hídrica valorará las solicitudes caso
por caso considerando la presencia de tales características de la zona y
emitirá recomendaciones a las instancias superiores que técnicamente
correspondan y que resulten necesarias para la adecuada protección de cantidad
y calidad del recurso hídrico, así como la satisfacción del interés público.
Dentro de estas zonas no se excluye la
posibilidad de autorizar perforaciones o explotaciones cuando exista un fin
público de por medio, sea porque el fin de las mismas sea para abastecimiento
público de agua potable, conforme a solicitud de las instituciones que brinden
el servicio público en la zona (AyA, ESPH, JASEC,
Municipalidades, ASADAS, Cooperativas u otros prestatarios de servicio
público), caso en el cual los interesados deberán aportar las justificaciones
que respalden la existencia del interés público, así como la información
técnica que SENARA considere pertinente para la protección de la calidad y
cantidad de los recursos hídricos.
Actualmente el SENARA cuenta con estudios
técnicos hidrogeológicos que acreditan la existencia de zonas con
características hídricas especiales en los siguientes territorios del país:
· Zona
del Valle Central.
· Zona
del acuífero Mala Noche en la zona de Sámara, provincia de Guanacaste.
· Zona
del acuífero Huacas-Tamarindo y acuíferos costeros norte del cantón de Santa
Cruz de Guanacaste.
· Zona
del acuífero de Sardinal, cantón de Carrillo en Guanacaste.
· Zona
del acuífero Mantas-Playa Agujas, sector de Garabito de Puntarenas.
Además
de las anteriores zonas, también se ha identificado como zona de restricción a
la perforación de pozos, los acuíferos costeros de Carrillo, Guanacaste, de
acuerdo con una disposición emitida por la Sala Constitucional. La delimitación
de estas zonas debe quedar a disposición del público en la Oficinas Centrales
del SENARA y en el sitio Web: www.senara.or.cr.
El listado de los mapas de las Zonas
Hídricas Especiales ya delimitadas es el siguiente:
